A- de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Jose Hernan Pulgarin Sanchez·Demandado Aguas De Manizales S.A. E.S.P.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Quinto Civil Municipal de Manizales y el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
El juzgado de categoría municipal usó indebidamente las reglas de reparto dispuestas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 1983 de 2017, para abstenerse de conocer la acción de tutela de la referencia.
Considera la Sala que con dicho proceder le otorgó un alcance inexistente a las disposiciones contenidas en dicho instrumento jurídico y contrarió la jurisprudencia de la Corporación, según la cual éstas, lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia, son apenas pautas de reparto y/o asignación de expedientes de tutela.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al precitado despacho judicial, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 11 de abril de 2018 proferido por Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Manizales, dentro del tramite de la accion de tutela formulada por Jose Hernan Pulgarin Sanchez contra Aguas de Manizales S.A. E.S.P.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3382 al Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Manizales para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Quinto. Civil Municipal de Manizales que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte accionante y al Juzgado
- Septimo. Administrativo del Circuito de Manizales la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.